Sentencia Judicial Forza al Municipio a Recontratar a un Antiguo Líder en el Departamento de Cultura

En la tumultuosa casa del área municipal de Cultura, las malas noticias no dejan de llegar. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) acaba de confirmar una sentencia que obliga al Ayuntamiento a reinstaurar a un alto funcionario que fue destituido y enviado de vuelta a la Administración de la que provenía, en este caso, la Junta, después de que un compañero ocupara su puesto mediante un concurso de méritos. Carlos Javier Álvarez, quien había ejercido durante muchos años como jefe de Licencias, desde la época de Juan Carlos Aparicio, comenzó a desempeñar el cargo de jefe de sección en el Instituto Municipal de Cultura (IMC) en 2019, aunque su estancia allí fue breve. En febrero del año pasado, tras un concurso de méritos convocado por el propio Ayuntamiento, la plaza fue otorgada de manera definitiva a Ricardo Martín, quien aún la ocupa.

Después de la resolución del proceso de selección, el área de Personal informó a Álvarez que dejaba automáticamente de prestar servicios en el Ayuntamiento de la capital y le instó a solicitar su reincorporación en la Administración regional, de la cual era funcionario originalmente. Tras su destitución, este empleado público presentó una demanda contencioso-administrativa contra la decisión municipal, un litigio que ganó en primera instancia y que ahora el TSJ ha confirmado. Ambas sentencias condenan al Ayuntamiento a que, «con efectos económicos y administrativos desde su destitución, reinstaure al alto funcionario y le asigne un puesto de trabajo compatible con el Cuerpo al que pertenecía». Es decir, si solicita su reincorporación en el Ayuntamiento, aunque actualmente se encuentra en la Dirección Provincial de Educación, la Administración local debe reinstaurarlo en un puesto de igual categoría al de jefe de sección, aunque no necesariamente en el área de Cultura. Además, deberá pagar la diferencia entre el salario que percibía en la Junta y el que habría recibido en el Ayuntamiento si este fuera menor, según lo establecido en la sentencia.

En resumen, el TSJ señala que cuando este funcionario se unió al Ayuntamiento en 2009 mediante un proceso de libre designación, estaba vigente el Estatuto Básico del Empleado Público de 2007, que establecía que en caso de que su plaza fuera asignada a otro funcionario, debía permanecer en el Ayuntamiento de Burgos y se le debía asignar un puesto de trabajo de acuerdo con los sistemas de carrera y provisión de puestos vigentes en el Consistorio. En otras palabras, nunca debió abandonar la Administración local.